hombre leyendo papeles para ver si tiene que pagar para conseguir el atestado policial

¿Tengo que pagar para conseguir un atestado?

 

Cuando ocurre un hecho relevante para la justicia, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado actúan y generan un documento conocido como atestado policial. Este informe es clave dentro del ámbito jurídico y puede ser requerido por personas implicadas en el suceso, abogados, aseguradoras o administraciones.

 

Una de las dudas más frecuentes es si hay que pagar por conseguir una copia del atestado. La respuesta varía según el contexto. En este artículo explicamos en qué casos es gratuito, cuándo puede conllevar un coste, y qué derechos y normas regulan su acceso.

 

Qué es un atestado policial

 

El atestado policial es un documento oficial elaborado por un cuerpo policial, como la Policía Nacional, la Guardia Civil, una policía autonómica o una policía local, cuando se produce una intervención con posible relevancia penal. El documento recoge datos del hecho, declaraciones, pruebas, imágenes, objetos intervenidos y actuaciones policiales.

 

Este documento es utilizado en el proceso penal como medio probatorio o de referencia para que el juez o el ministerio fiscal valoren los hechos. También puede tener peso en el procedimiento judicial civil o administrativo.

 

Quién puede pedir un atestado

El acceso a un atestado no es libre. Solo puede ser solicitado por personas o entidades con un interés legítimo y debidamente justificado. Entre ellos:

  • Personas afectadas por los hechos recogidos en el atestado

  • Abogados defensores o de la acusación

  • Procuradores en representación de partes

  • El ministerio fiscal

  • Autoridades judiciales

  • Las administraciones públicas, si el documento es necesario para un trámite legal o administrativo

Solicitar el atestado requiere acreditar identidad y justificar el motivo. La autoridad policial que elaboró el documento tiene la obligación de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos y respeto a la integridad de las personas.

 

Cuándo es gratuito el atestado

 

Cuando la solicitud del atestado se hace dentro de un proceso penal en curso o como parte de un proceso judicial activo, no hay que pagar por él. Es decir, si estás implicado en el procedimiento como víctima o denunciado, o si tu abogado lo solicita formalmente como parte de la estrategia legal, el acceso es gratuito.

 

Esto se debe a que la Ley de Enjuiciamiento Criminal protege el ejercicio de los derechos de defensa y garantiza que las partes tengan acceso a la información necesaria para su participación efectiva en el proceso.

 

Cuándo hay que pagar por un atestado

 

Si el atestado se solicita fuera del marco judicial, puede estar sujeto a tasas. Esto ocurre, por ejemplo, en los siguientes casos:

  • Un ciudadano solicita una copia del atestado por un accidente de tráfico para presentarla a su compañía de seguros.

  • Una empresa requiere el informe como parte de una reclamación civil.

  • Una comunidad autónoma o entidad local necesita el documento para resolver un expediente.

En estos casos, el acceso al atestado no está cubierto por el servicio de justicia sino por la vía administrativa, y el coste suele estar regulado por ordenanzas municipales o normas internas del cuerpo que gestiona el documento.

 

Cuánto puede costar un atestado

El precio del atestado puede variar, pero suele estar entre 2 y 30 euros, dependiendo del organismo que lo emite. Cada administración pública puede fijar su propia tasa por la expedición de copias de documentos oficiales.

Al tratarse de un servicio público, el cobro no tiene ánimo de lucro, sino que busca cubrir el coste de tramitación. El pago se realiza generalmente mediante tasas que deben abonarse antes de recoger el documento.

 

Requisitos para solicitarlo

Al solicitar un atestado, debes presentar:

  • Documento de identidad (DNI, NIE, pasaporte)

  • Datos del hecho (lugar, fecha, número de expediente)

  • Justificante de interés legítimo

  • Si aplica, autorización legal (procurador, abogado)

  • Comprobante de pago de la tasa, en los casos que proceda

El acceso puede denegarse si no se demuestra relación directa con los hechos o si el documento contiene información protegida por el secreto de sumario.

 

Cómo se entrega el atestado

 

Una vez aprobado el acceso, el atestado puede entregarse en:

  • Formato papel, recogido en la comisaría o cuartel

  • Formato digital, enviado a través de medios electrónicos certificados

  • A través del juzgado, si forma parte del expediente judicial

En todos los casos, el documento debe ser manipulado con confidencialidad y bajo criterios legales que respeten los derechos fundamentales de las personas implicadas.

 

Qué hacer si te lo deniegan

 

Si la autoridad policial o la administración pública correspondiente te deniega el acceso al atestado, tienes derecho a:

  • Presentar alegaciones por escrito

  • Solicitar la revisión del caso por la autoridad competente

  • Recurrir ante la administración de justicia

En ocasiones, la intervención de un abogado puede acelerar el proceso y garantizar que se respeta el derecho a acceder a información pública cuando existe fundamento legal para ello.

 

Papel del ministerio del interior y fuerzas de seguridad

 

El acceso a los atestados está regulado por normas dictadas tanto por el Ministerio del Interior como por cada cuerpo policial. Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado tienen la misión de garantizar la seguridad ciudadana, proteger el libre ejercicio de los derechos y actuar conforme a la ley.

Además, los agentes de la autoridad deben garantizar que sus funciones se desarrollan con transparencia, responsabilidad y en coordinación con el resto de instituciones del Estado.

 

Qué dice la ley sobre este trámite

La Ley de Enjuiciamiento Criminal, la normativa sobre protección de datos y los reglamentos de los distintos cuerpos policiales recogen las condiciones bajo las cuales un ciudadano puede acceder a un atestado.

 

La ley busca libertades y garantizar el equilibrio entre el derecho a la información, la protección de terceros y la eficiencia en el funcionamiento del servicio de protección que prestan las fuerzas de seguridad.

 

Casos especiales

 

En asuntos especialmente sensibles (violencia doméstica, delitos sexuales, tráfico de armas y explosivos, menores), el acceso puede estar restringido. Solo el juez o el ministerio fiscal podrán autorizar su entrega para proteger el libre ejercicio de los derechos y preservar la seguridad.

En estos supuestos, incluso si hay interés legítimo, puede ser necesario esperar al levantamiento del secreto de sumario o a una resolución expresa de las autoridades competentes.

 

Solicitar un atestado policial es un derecho regulado que depende del contexto en que se hace la solicitud. Si estás inmerso en un procedimiento judicial, el acceso al documento es gratuito y forma parte del derecho de defensa.

 

Fuera del proceso judicial, puede implicar el pago de una tasa simbólica establecida por las administraciones públicas. En todos los casos, la solicitud debe hacerse a través de las vías oficiales, respetando la normativa vigente y con el respaldo, cuando sea necesario, de un abogado.

 

Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado tienen el deber de colaborar con la administración de justicia y con los ciudadanos, siempre bajo los principios de legalidad, transparencia y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones.

 

En TuAtestado, entendemos la importancia de contar con una documentación precisa y te ayudamos a gestionar todo el proceso de manera ágil y efectiva. Si necesitas más información o asesoramiento, no dudes en contactarnos. 


 

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